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Sobrepagos y Exenciones de Beneficios de Desempleo

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Información General de Sobrepagos

¿Qué es un sobrepago?

Un sobrepago puede ocurrir cuando se pague a un reclamante beneficios de desempleo y luego se descubre que no es elegible para dichos beneficios.

Las razones comunes para un sobrepago incluyen:

  • Un reclamante reporte menos salarios en un reclamo semanal. Más tarde, el empleador proporciona el monto salarial correcto.
  • Como resultado de un asunto de elegibilidad que no se reportó en un reclamo semanal. Por ejemplo, cuando un empleador informa que un reclamante rechazó una oferta de trabajo, el departamento investigará y puede concluir que no se debían pagar beneficios.
  • Se realiza un ajuste a un reclamo que cambia la cantidad de beneficios adeudados al reclamante por semanas específicas.

¿Cuándo se requiere que un reclamante reembolse un sobrepago?

Cuando un reclamante tiene la culpa de un sobrepago de los beneficios de desempleo, el reclamante debe pagar los beneficios sobre pagados.

Cuando un empleador es el único culpable o el departamento es el único culpable, el reclamante no estará obligado a pagar los beneficios sobre pagados.

Si los beneficios de desempleo regulares o los beneficios extendidos (EB) se sobrepaga, la determinación o decisión dirá si el sobrepago debe reembolsarse o si se exenta el sobrepago.

¿Qué significa ser "culpable" por un sobrepago?

Un reclamante puede tener la culpa de un sobrepago si proporciona información que sabía, o razonablemente debería haber sabido, que era inexacta o incompleta en un reclamo inicial o semanal. El descubrimiento de que el reclamante tuvo la culpa no significa necesariamente que el reclamante cometió fraude u ocultación. Un reclamante que se encuentra culpable está obligado a pagar los beneficios sobre pagados y no es elegible para una exención de sobrepago.

Reembolso de Beneficios Sobre Pagados

¿Cómo devuelvo un sobrepago?

Si se le paga más beneficios de desempleo de los que es elegible para recibir por cualquier semana, se le notificará por escrito que se le ha pagado en exceso. El monto del sobrepago se deducirá automáticamente de cualquier pago de desempleo posterior que se le pague.

Si no se le pagan beneficios posteriores o todavía hay un monto de sobrepago pendiente después de que se retengan los pagos de beneficios posteriores, usted será responsable de pagar el saldo del sobrepago.

  • Para pagar con una cuenta bancaria, tarjeta de crédito o tarjeta de débito: Inicie sesión en my.unemployment.wisconsin.gov y elija "Hacer un pago" en la página de sumario de Mi Beneficios del Desempleo.
  • Para pagar un sobrepago en nombre de un reclamante: Inicie sesión en ui.wi.gov/pay para realizar un pago de forma segura en una Cuenta de Reclamante de UI utilizando una cuenta bancaria, tarjeta de débito o tarjeta de crédito.
  • • Para pagar por correo postal, envíe un cheque o giro postal a:
    Unemployment Insurance Division
    P.O. Box 7888
    Madison, WI 53707
  • Por favor, incluya su número de seguro social completo con el pago.

No puedo devolver el monto total de un sobrepago en este momento. ¿Tengo que devolverlo dentro de un plazo determinado?

Si no puede pagar el monto total solicitado, por favor, póngase en contacto con nosotros al (608) 266-9701 de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. para hablar de las opciones de planes de pago a plazos que pueden ser disponibles para usted.

Si tengo un sobrepago y ahora he vuelvo al trabajo, ¿se embargará mi salario para repagar mi sobrepago?

Si no arregla un plan de pago aceptable con un especialista en cobros de UI, o si no cumple con un plan de pago, el departamento puede embargar una parte de su salario para recuperar un sobrepago.

¿Comenzarán a acumularse intereses en mi sobrepago si no puedo pagarlo de inmediato?

No. Los sobrepagos de beneficios no devengan intereses. Sin embargo, los costos de cobro pueden acumularse si el departamento debe emprender ciertas acciones de cobro para recuperar la deuda, como los costos de correo postal certificado para los avisos de cobro.

Exención de Programas Federales Especiales de Alivio de COVID-19

¿Qué es una exención de sobrepago y quién es elegible?

El departamento puede emitir una exención de sobrepago en situaciones en las que un reclamante recibió un sobrepago que no se debió a la culpa del reclamante y, para sobrepagos de ciertos programas federales, si requerir el reembolso sería contrario a la equidad y la buena conciencia.

Un reclamante puede ser elegible para una exención si recibió una determinación que incluía un sobrepago de beneficios de uno o más de los programas federales aplicables y se determinó que el reclamante no tuvo la culpa de crear el sobrepago.

Si los sobrepagos de un reclamante provienen de programas federales especiales de alivio de COVID-19 (FPUC, PUA, PEUC, MEUC y/o LWA), solo se pueden exentar los sobrepagos de los programas federales aplicables. Si se aprueba una solicitud de exención de sobrepago, el reclamante deberá repagar beneficios sobre pagados de los programas no elegibles a menos que se exenta en virtud de otra ley.

¿Qué significa "contrario a la equidad y a la buena conciencia"?

Exigencia de reembolso de un sobrepago se considerará "contrario a la equidad y a la buena conciencia" si:

  • Causaría dificultades financieras al individuo; o
  • Independientemente de las circunstancias financieras al individuo, el individuo puede demostrar que, en función del sobrepago o del aviso de que se realizaría un pago de beneficios, la persona ha:
    • Renunciado a un derecho valioso, o
    • Cambió de posición para peor; o
  • La recuperación podría considerarse inconcebible dadas las circunstancias.

¿Se me notificará si soy elegible para una exención de sobrepago?

Sí. Los reclamantes que sean elegibles para solicitar una exención de sobrepago serán notificados por correo postal o con un mensaje en su centro de mensajes en my.unemployment.wisconsin.gov. Los reclamantes que hayan informado previamente a UI que no pueden acceder a Internet recibirán el formulario de solicitud de exención de sobrepago por correo postal. Los reclamantes deben completar el formulario de solicitud de exención dentro de los 14 días de haber sido notificado de su elegibilidad para presentar la solicitud.

Una vez completada la revisión, los reclamantes recibirán una determinación de elegibilidad por correo postal notificándoles que su solicitud de exención de sobrepago fue aprobada o negada. Las determinaciones de la solicitud de exención también se pueden ver en la página de determinaciones en my.unemployment.wisconsin.gov. Las determinaciones de la solicitud de exención de sobrepago son apelables.

Si cree que debería haber sido elegible para una exención de sobrepago, pero no recibió un mensaje en el centro de mensajes en my.unemployment.wisconsin.gov, ni recibió un aviso por correo postal, puede solicitar una revisión de su reclamo llamando al Centro de Ayuda al (414) 435-7069 o (844) 910-3661. Antes de llamar, refiérase a su aviso de determinación de sobrepago. Si la determinación indica que el sobrepago se debe, en su totalidad o en parte, a que usted proporcionó información inexacta o incompleta, no será elegible para una exención porque se ha determinado que tiene la culpa, al menos en parte, del sobrepago. Por favor nota: Si no está de acuerdo con la resolución de que tuvo la culpa del sobrepago, debe presentar una apelación a la resolución de sobrepago para resolver ese problema primero, en lugar de solicitar una exención de sobrepago. Si su apelación de la resolución de culpa está a su favor, puede ser elegible para una exención.

¿Seré elegible para solicitar una exención de sobrepago, incluso si ya he reembolsado el sobrepago?

Sí. Un reclamante puede ser elegible para solicitar una exención si ha recibido una determinación que incluyó un sobrepago de beneficios de uno o más de los programas federales especiales de ayuda por COVID-19 (FPUC, PUA, PEUC, MEUC y/o LWA) y se determinó que el reclamante no tuvo la culpa de crear el sobrepago. Este es el caso independientemente de que el reclamante ya haya reembolsado o no el sobrepago. A los reclamantes aprobados para una exención de sobrepago se les reembolsará cualquier pago realizado para su sobrepago elegible.

Apelando una Determinación

¿Cómo apelo una determinación?

Apelar una determinación que incluye un sobrepago, incluida la resolución de culpa, es lo mismo que para otros tipos de determinaciones de UI. Para apelar, puede presentar una solicitud en línea o escribir al departamento indicando que está apelando una determinación. Si no puede completar una solicitud de apelación en línea, debe enviar su apelación por correo postal o fax a:

UI Hearing Office
P.O. Box 7975
Madison, WI 53707

Fax: (608) 327-6498

Para que su apelación sea oportuna, su apelación debe recibirse o ser matasellado antes de la última fecha de apelación que se muestra en el frente de la determinación. Si está apelando más de una determinación, debe presentar una apelación por separado para cada determinación.

Puede encontrar más información sobre las apelaciones de determinaciones de UI en: https://dwd.wisconsin.gov/uibola/appeals.htm.

¿Cómo apelo una solicitud de exención de sobrepago negada?

El proceso para apelar una resolución que deniega una solicitud de exención de sobrepago es el mismo que para otros tipos de determinaciones de UI. Para apelar, puede presentar una solicitud en línea o escribir al departamento indicando que está apelando una determinación. Si no puede completar una solicitud de apelación en línea, debe enviar su apelación por correo postal o fax a:

UI Hearing Office
P.O. Box 7975
Madison, WI 53707

Fax: (608) 327-6498

Para que su apelación sea oportuna, su apelación debe recibirse o ser matasellada antes de la última fecha de apelación que se muestra en el frente de la determinación. Si está apelando más de una determinación, debe presentar una apelación por separado para cada determinación.

Puede encontrar más información sobre las apelaciones a determinaciones de UI en https://dwd.wisconsin.gov/uibola/appeals.htm.